¿Debo tener la Libreta Militar para ingresar a un trabajo? 

El Ministerio del trabajo ha sido reiterativo al señalar, la prohibición legal que tienen los empleadores de exigir la tarjeta militar para el ingreso a un empleo. 

Teniendo en cuenta estos señalamientos, las entidades públicas o privadas no podrán exigir al ciudadano la presentación de la tarjeta militar para ingresar a un empleo. 

El Mitrabajo recuerda a las personas no aptas, exentas o que hayan superado la edad máxima de incorporación, que tienen un plazo de 18 meses a partir de su vinculación laboral para definir su situación militar. 

De acuerdo al artículo 42 de la ley 1861 de 2017, la situación militar se deberá acreditar para ejercer cargos públicos, trabajar en el sector privado y celebrar contratos de prestación de servicios como persona natural, con cualquier entidad de derecho público. 

Para ello los ciudadanos pueden tramitar una certificación provisional en línea que acredite que el trámite de su situación militar está en proceso. 

No obstante, la presentación de la tarjeta militar no se le podrá exigir a un ciudadano para a un empleo. 

Agende su cita en dos pasos.

1. Pague aquí.

Consulta Jurídica virtual
$70.000
Consulta Jurídica presencial
$100.000
2. Agende su cita por WhatsApp.

Deja un comentario

Notificarme de los comentarios de seguimiento a través de correo electrónico. También puedes suscribirte sin comentar.