En Colombia ningún trabajador podrá devengar menos del salario mínimo mensual legal vigente, que para este año 2022, se encuentra establecido en Un Millón de Pesos ($1.000.000.), más auxilio de transporte, si llegase a ganar hasta 2smmlv.
Con los trabajadores domésticos, es decir, personas que, viviendo o no en el lugar de trabajo, realizan actividades como: aseo, cocina, lavado, planchado, cuidado de niños, jardinería, cuidado de animales, conductor y las demás tareas del hogar, existe una excepción en el pago de su salario, debido a que las leyes permiten que el salario de un empleado doméstico se pueda pagar de forma combinada o mixta. Es decir, una parte en dinero y otra en especie.
Se podrá pagar parte del salario en dinero y en especie, cuando la vivienda, la habitación o la alimentación se tienen en cuenta como parte del salario que se le pagará. Sin embargo, el salario se debe pagar así: en dinero el 70% del valor del salario y hasta el 30% del salario en especie. Ejemplo:
Si la trabajadora doméstica gana el salario mínimo este año 2022, debe devengar en dinero: $700.000 y en especie $300.000. Más el subsidio de transporte y las prestaciones sociales en su oportunidad legal. Una empleada doméstica no podrá devengar un salario inferior al aquí mencionado.