¿Cuántas semanas de descanso otorga la licencia de maternidad?

 

 

Las normas del Código sustantivo del trabajo señalan que toda trabajadora en estado de embarazo tiene derecho a una licencia de 18 semanas en la época de parto, remunerada con el salario que devengue al momento de iniciar su licencia.

Si el salario devengado no es fijo, se tomará en cuenta el salario promedio devengado por la trabajadora en el último año de servicio, o en todo el tiempo si fuere menor.

La trabajadora podrá hacer uso de la licencia de la siguiente manera:

a) Licencia de maternidad preparto. Esta será de 1 semana con anterioridad a la fecha probable del parto debidamente acreditada. Si por alguna razón médica la futura madre requiere una semana adicional previa al parto podrá gozar de las dos (2) semanas, con 16 posparto. Si en caso diferente, por razón médica no puede tomarla semana previa al parto, podrá disfrutar las 18 semanas en el posparto inmediato.

b) Licencia de maternidad posparto. Esta licencia tendrá una duración normal de diecisiete (17) semanas contadas desde la fecha del parto, o de dieciséis (16) o dieciocho (18) semanas por decisión médica.

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