¿Cuando puedo retirar mis cesantías?

 

 

Las cesantías son una prestación social que todo empleador debe pagar a sus trabajadores por cada año de servicios o de forma proporcional por el tiempo laborado.

Por ley, las cesantías se podrán retirar de forma parcial o total.

Los retiros de cesantías parciales serán para: 1.- Pagos de matricula por educación superior, diplomados o educación no formal, para hijos y conyuges o compañeros permanentes. 2. Para la compra, construcción, mejora o liberación de bienes raíces destinados a su vivienda. 3. También podrán hacer préstamos sobre el auxilio de cesantía.

El retiro del valor total de las cesantías serán únicamente en los siguientes casos:

1. Terminación del contrato de trabajo

2.- Prestación del servicio Militar

3. Sustitución patronal

4. Fallecimiento del afiliado

5.- Cambio de salario a salario integral ( $ 10.765.508).

Les recuerdo que el objetivo de las cesantías es tener un ahorro para cuando el trabajador se encuentre cesante o desempleado y poder utilizar este dinero para su subsistencia mientras se emplea nuevamente. Por lo tanto, les sugiero conservar ese dinero para que realmente cumpla su finalidad.

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