
El Gobierno Nacional mediante el Decreto 1174 del 2020 creó un nuevo mecanismo de Beneficios Económicos Periódicos del Servicio Social Complementario, denominado “Piso de Protección Social”, mediante el cual se reglamenta la protección social de aquellas personas que mensualmente perciban ingresos inferiores a un Salario Mínimo Legal Mensual Vigente como consecuencia de su dedicación parcial a un trabajo u oficio o actividad económica. El cual entrará en vigor a partir del primero (1) de febrero del 2021.
La seguridad social del trabajador o contratista afiliado al Piso de Protección Social será así:
Salud: Será afiliado al Régimen Subsidiado del Sistema General de Seguridad Social en Salud.
Pensiones: Será afiliado al Servicio Social Complementario de Beneficios Económicos Periódicos – BEPS.
Riesgos Laborales: Será afiliado a un Seguro Inclusivo.
Tendrán acceso al Sistema de Subsidio Familiar.
Es importante resaltar que los vinculados al Piso de Protección Social como estarán afiliados al Régimen Subsidiado del Sistema General de Seguridad Social en Salud, en ningún caso, se les reconocerá prestaciones económicas (Incapacidades, licencias, etc.).
Les comparto el Decreto 1174 del 2020, https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%201174%20DEL%2027%20DE%20AGOSTO%20DE%202020.pdf
Me interesa saber los requisitos y a cual sitio se debe dirigir para inscribirse.
Hola, El nuevo mecanismo de protección social inicia a regir en febrero del año 2021. Saludos.