¿Cuáles trabajadores recibirán el “Auxilio de suspensión contractual”?

El Gobierno Nacional mediante el Decreto 770 del 2020 creó el Programa de “Auxilio a los trabajadores en suspensión contractual” que lo administrará el MinTrabajo.

Este programa entregará un auxilio económico a los trabajadores que cumplan las siguientes condiciones:

1.- Trabajadores dependientes de empleadores que se postularon al Programa de Apoyo al Empleo Formal- PAEF.

2.- Que devenguen hasta 4 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

3.- Que se les haya suspendido su contrato laboral o se encuentren en licencia no remunerada, para los meses de abril, mayo o junio del 2020.

4.- Que no estén cubiertos por los programas Familias en Acción, Protección Social al Adulto Mayor – Colombia Mayor, Jóvenes en Acción, de la compensación del impuesto sobre las ventas – IVA, o del Programa de Ingreso Solidario.

5.- Las novedades, de suspensión temporal el contrato de trabajo o licencia no remunerada reportada, deben estar en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes – PILA de las nóminas de los meses de abril, mayo y junio de 2020.

El valor del auxilio será de $160.000 mensuales, que se pagará directamente, de ser el caso, a la cuenta bancaria de cada trabajador y corresponderá al número de meses en los que el trabajador haya estado en suspensión contractual o licencia no remunerada.

Les dejo el enlace del Decreto Nacional No. 770 del 2020. https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%20770%20DEL%203%20DE%20JUNIO%20DE%202020.pdf

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