¿Cuales son los requisitos para la salida del país del menor que viaje con un solo padre?

 

 

Migración Colombia, señala que cuando un menor de edad saldrá del país sin uno de sus padres, el padre o madre que se encuentre en Colombia debe otorgar al otro padre un permiso suscrito ante notario público.

• Si el padre o madre se encuentra en el exterior, el permiso debe estar suscrito ante el cónsul colombiano.

• Cuando uno de los padres haya fallecido, se debe presentar el certificado de defunción del mismo.

• Cuando los padres están en conflicto deben presentar permiso expedido por el Juez de Familia.

• Si la patria potestad está en cabeza de uno de los padres se debe presentar copia de la sentencia debidamente ejecutoriada.

• Si el permiso está otorgado por escritura pública, se debe presentar copia de la misma con la certificación de su vigencia.

• El ICBF, será la Entidad competente para otorgar el permiso de salida de un infante o adolescente, en el caso que se desconozca el paradero de uno de los padres, no pueda otorgarlo o el infante o adolescente carezca de representante legal.

LOS NUEVOS PERMISOS DE MENORES PARA SALIR DEL PAIS DEBEN DECIR FECHA DE SALIDA, EN COMPAÑÍA DE QUIEN VIAJA O SI VIAJA SOLO, A DONDE SE DIRIGE, MOTIVO DEL VIAJE Y FECHA DE REGRESO AL PAIS.

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