¿Cuáles son las nuevas actividades permitidas dentro del aislamiento obligatorio?

Con la expedición del Decreto 593 del 24 de abril de 2020, el Gobierno Nacional dispuso nuevas actividades económicas que se permitirán dentro del Aislamiento Preventivo Obligatorio que nos encontramos hasta el próximo 11 de mayo.

Las nuevas actividades en las que se permite el derecho de circulación de personas, se relacionan en los siguientes artículos del Decreto 593:

—Artículo 19. Construcción.

—Artículo 29. Juegos de suerte y azar (chance y loterías, que proveen recursos a la salud).

—Artículo 36. Manufacturas.

—Artículo 37. Actividad física al aire libre.

—Artículo 40. Bicicletas.

Según la normativa, los gobernadores y alcaldes deben adoptarlas instrucciones, actos y órdenes necesarias para la debida ejecución de la medida de Aislamiento Preventivo Obligatorio.

Las personas que desarrollen las actividades antes mencionadas deberán estar acreditadas o identificadas en el ejercicio de sus funciones o actividades.

Cuando una persona deba salir de su lugar de residencia o aislamiento, podrá hacerlo acompañado de una persona que le sirva de apoyo.

Respecto las mascotas, solo una persona por núcleo familiar podrá sacar a las mascotas o animales de compañía.

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