¿Cuáles son las medidas vigentes para los municipios con alta afectación de Covid-19?

Mediante el Decreto 990 del 2020, el Gobierno Nacional estableció medidas para los municipios, de acuerdo con su nivel de no covid y de baja afectación, y de moderada y alta afectación por la pandemia de covid-19.

Las medidas para los municipios con moderada y alta afectación son:

1. Están prohibidos los eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas.

2. No se habilitarán establecimientos y locales comerciales, de esparcimiento y diversión, bares, discotecas, de baile, ocio y entretenimiento, billares, casinos, bingos y terminales de juego de video.

3. Los restaurantes permanecerán cerrados y solo podrán ofrecer sus productos a través de comercio electrónico, entrega a domicilio o por entrega para llevar.

4. No se habilitarán al público piscinas, spa, sauna, turco, balnearios, parques de atracciones mecánicas y parques infantiles.

5. Las piscinas y polideportivos solo podrán utilizarse por deportistas profesionales y de alto rendimiento.

6. No se abrirá al público los cines y teatros ni la práctica deportiva y ejercicio grupal en parques públicos y áreas de recreación, deportes de contacto o que se practiquen en conjunto. 

7. Los teatros serán únicamente utilizados para realizar actividades de las artes escénicas, sin que en ningún momento se permita el ingreso de público o actividades que generen aglomeración. 

8.- No se habilitarán servicios religiosos que impliquen aglomeraciones, salvo que medie autorización por parte del Ministerio del Interior.

Los alcaldes de los municipios y distritos con moderada y alta afectación de covid-19, en coordinación con el Ministerio del Interior, podrán autorizar la implementación de planes piloto en establecimientos y locales comerciales que presten servicio de comida, para brindar atención al público en el sitio, de manera presencial o a la mesa. En estos municipios también se pueden autorizar pilotos para actividades de la industria hotelera, marinas y náuticas y de gimnasios, siempre y cuando se cumpla en todo momento con los protocolos de bioseguridad.

Les comparto el enlace del Decreto 990 del 2020 del Gobierno Nacional https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%20990%20DEL%209%20DE%20JULIO%20DE%202020.pdf

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