
El Ministerio de Salud y Protección Social mediante la Resolución 1538 del 2020, estableció el protocolo de bioseguridad para playas, con el fin de disminuir el riesgo de transmisión del covid-19 en el desarrollo de actividades.
Medidas para turistas y trabajadores
- El uso de tapaboca es obligatorio, excepto al ingresar al agua.
- Los salvavidas deben evitar el contacto boca a boca, y en el caso que se llegue a presentar una situación que lo requiera, se utilizarán dispositivos suministrados para tal fin.
- Se debe establecer un protocolo de limpieza y desinfección de manos para el ingreso.
- Queda restringido el consumo de tabaco y bebidas alcohólicas.
- El horario de apertura de la playa será de 6:00 a.m. a 5:00 p.m.
- Se prohíben las reuniones y aglomeraciones en las zonas de playa.
- Garantizar el distanciamiento físico de dos metros entre núcleos familiares.
- Se prohíbe el alquiler de equipos para la actividad de careteo o snorkeling.
- Quioscos o restaurantes ubicados en las playas deben dar cumplimiento a los lineamientos dispuestos en la Resolución 1050 de 2020.
- En caso de realizar una actividad deportiva en la playa se debe limpiar y desinfectar las herramientas y equipos utilizados para la actividad.
- Las personas con síntomas de enfermedades respiratorias tendrán restringido el acceso.
- Cada usuario en la playa se hace responsable de sus residuos y al finalizar su estadía los depositará en los recipientes de recolección. Entre otras.
Les comparto el enlace de la Resolución Resolución 1538 del 2020: https://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Resoluci%C3%B3n%20No.1538%20de%202020.pdf