¿Cuál recurso procede ante una sanción de la UGPP?

La Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales UGPP, tramita el proceso de determinación de obligaciones de aportes al Sistema de Seguridad Social, el cual cuentan con tres etapas: Fiscalización, Liquidación y la atención de recursos de reconsideración.

Una vez se realice dentro del curso de este proceso, la verificación de las objeciones presentadas por los aportantes al requerimiento para declarar y/o corregir la PILA, la UGPP expide el acto administrativo de liquidación oficial. Mediante este acto administrativo, La UGPP determina la obligación y/o sanciones del aportante que no presentó su PILA, o que habiéndola presentado liquidó sus aportes por un valor inferior al que realmente correspondía.

Una vez el aportante es notificado de la liquidación oficial cuenta con dos (2) meses para interponer un recurso de reconsideración y/o Reposición. El cual debe cumplir con los siguientes requisitos: Ser presentado por escrito a La Unidad, manifestando los motivos de inconformidad. Se debe interponer dentro de los dos (2) meses siguientes a la notificación de la liquidación oficial. Cuando lo interponga el representante legal debe anexar el certificado de existencia y representación legal. Cuando se actué por intermedio de apoderado, debe anexar el poder que lo acredite.

Agende su cita en dos pasos.

1. Pague aquí.

Consulta Jurídica virtual
$70.000
Consulta Jurídica presencial
$100.000
2. Agende su cita por WhatsApp.

Deja un comentario

Notificarme de los comentarios de seguimiento a través de correo electrónico. También puedes suscribirte sin comentar.