¿Cuál es la ocupación permitida en el servicio de transporte público?

El Ministerio de Salud y Protección Social mediante la Resolución 1537 de 2020, trazó nuevos lineamientos para los operadores y conductores del sector transporte, así como a los usuarios de servicio público de transporte.

Dentro de las modificaciones al protocolo de bioseguridad para el manejo y control del riesgo de transmisión del covid-19 en el sector transporte durante la nueva etapa de aislamiento individual responsable se destaca, que los vehículos de los sistemas de transporte masivo pueden tener una ocupación máxima del 50%. Medida que será revisada y ajustada, en conjunto con la Secretaría de Salud. Lo usuarios de cualquier servicio de transporte público deben usar el tapaboca de manera obligatoria y permanente durante todo el recorrido. 

En cuanto a los viajes intermunicipales de larga distancia, el protocolo establece que se deben planificar las rutas identificando con anterioridad los lugares en los cuales se puedan hacer paradas cada tres horas para surtir combustible, hacer uso de baños y verificar que estén dotados de suficientes productos básicos de aseo personal. Esto permitirá, a su vez, que se pueda realizar la ventilación del vehículo

Para los vehículos particulares se adicionó la posibilidad de que las personas que son de un mismo grupo familiar puedan movilizarse en el mismo vehículo, de acuerdo con la capacidad máxima de este, utilizando siempre el tapaboca

Agende su cita en dos pasos.

1. Pague aquí.

Consulta Jurídica virtual
$70.000
Consulta Jurídica presencial
$100.000
2. Agende su cita por WhatsApp.

2 thoughts on “¿Cuál es la ocupación permitida en el servicio de transporte público?”

Responder a Jorge A. Zapata Cancelar respuesta

Notificarme de los comentarios de seguimiento a través de correo electrónico. También puedes suscribirte sin comentar.