¿Cuál es el termino de garantías sobre los inmuebles comprados?

Todo inmueble que se adquiera goza de garantías, esto de conformidad con lo señalado en la Ley 1480 de 2011 que contempla el Estatuto del Consumidor. Por tanto, todos los proveedores y productores deberán suministrar a los consumidores información, clara, veraz, suficiente, oportuna, verificable, comprensible, precisa e idónea sobre los productos que ofrezcan.

Respecto la garantía, las normas establecen que para los bienes inmuebles la garantía legal comprende la estabilidad de la obra por diez (10) años, y para los acabados un (1) año.

Las partes, insumos, accesorios o componentes adheridos a los bienes inmuebles que deban ser cambiados por efectividad de garantía, podrán ser de igual o mejor calidad, sin embargo, no necesariamente idénticos a los originalmente instalados.

Recordemos que le la Ley obliga a las empresas constructoras para poder adelantar actividades de construcción y venta de inmuebles destinados a vivienda, la radicación de algunos documentos que deben estar a disposición de los compradores en todo momento con el objeto de que sobre ellos efectúen los estudios necesarios para determinar la conveniencia de la adquisición.

Cualquier denuncia o queja, podrá presentarlas directamente ante la Superintendencia de Industria y Comercio, ente con facultades administrativas y judiciales para sancionar y decidir sobre los derechos de los consumidores.

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