¿Como queda la jornada laboral de los vigilantes con de la reducción? 

La nueva jornada ordinaria de trabajo semanal de 47 horas, podrá ser distribuida de común acuerdo, entre empleador y trabajador, en 5 o 6 días a la semana, garantizando siempre el día de descanso de 24 horas.  

Los trabajadores que laboran en el sector de vigilancia y seguridad privada tienen una jornada ordinaria laboral de 8 horas, sin embargo la Ley del vigilante, ley 1920 de 2018, en su artículo 7, permite que estos trabajadores puedan tener turnos laborales de 12 horas, es decir, trabajan una jornada ordinaria de 8 horas más 4 horas de Trabajo suplementario o de horas extras, las cuales deben ser remuneradas como tal. 

La reducción de la jornada laboral también aplica a los trabajadores del sector de la vigilancia y seguridad privada. Entendiendo aquellos vinculados con las empresas de seguridad y vigilancia privada y a las cooperativas especializadas de vigilancia y seguridad privada, vigiladas por la Supervigilancia.  

La hora semanal que se reduce con la Ley 2101 del 2021, si los trabajadores la trabajan, esta debe ser reconocida y pagada como una hora extra o trabajo suplementario.  

Tenga en cuenta que la disminución en la jornada ordinaria laboral es de una hora semanal no diaria. Adicionalmente debo resaltar que la Ley del vigilante no aplica a porteros y conserjes, pero la disminución de la jornada laboral si les aplica. 

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