¿Cómo beneficiará la reducción de la cotización en pensiones?

El Decreto 558 del 2020 permite que empleadores privados y públicos y los trabajadores independientes puedan realizar un pago parcial del aporte al Sistema General de Pensiones en Colpensiones y Fondos de Pensiones Privados. Todo esto motivado por la Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada.

El pago parcial en las cotizaciones de pensiones será para para los períodos de abril y mayo cuyas pagos deben efectuarse en los meses de mayo y junio de 2020.

Ahora, los empleadores público y privado y los trabajadores independientes que opten por este alivio pagarán como aporte no el 16% sino el 3% de cotización al Sistema General de Pensiones, con el fin de cubrir el costo del seguro previsional en los regímenes respectivos. La cotización será pagada así: El 75% por el empleador y el 25% restante por el trabajador. Por su parte, los trabajadores independientes pagarán el 100% de esta cotización.

Las Administradoras del Sistema General Pensiones deberán tener en cuenta a favor sus afiliados, las semanas correspondientes a dos meses cotizados bajo normas de este Decreto Legislativo 588 del 2020, con el fin de que estas semanas se contabilicen para completar las 1150 semanas que le permitan al afiliado acceder a la garantía de pensión mínima en el Régimen Ahorro Individual con Solidaridad o a las 1300 semanas para obtener una pensión de Vejez de un salario mínimo legal mensual en el de Prima Media.

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