Al trabajador incapacitado le pagan el salario incompleto?

 

 

En Colombia existen dos clases de incapacidades, la incapacidad de origen común y la Incapacidad de origen profesional.

La incapacidad de origen común la reconoce y paga la EPS, sin embargo, estarán a cargo del empleador las prestaciones económicas de los 2 primeros días de incapacidad y su monto será igual a las 2/3 partes del salario, esto es, el 66%.

A partir del tercer día de incapacidad y hasta por 180 días, el reconocimiento y pago de las incapacidades corresponderá a la EPS, así: Las (2/3) partes del salario, esto es, el 66%, durante los noventa (90) días y la mitad del salario, es decir, el 50%, por el tiempo restante.

La incapacidad de origen común ha sido definida como el reconocimiento de la prestación de tipo económico y pago de la misma que hacen las EPS a sus afiliados cotizantes, por todo el tiempo que estén inhabilitados física o mentalmente para desempeñar en forma temporal su profesión u oficio habitual.

La incapacidad de origen profesional o laboral es originada por una enfermedad o lesión derivada de la ejecución de sus labores, que impide al trabajador desempeñar su capacidad laboral por un tiempo determinado.

La ARL, reconoce y paga la incapacidad de origen profesional al afiliado al 100% de su salario base de cotización, calculado desde el día siguiente del que ocurrió el accidente laboral.

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2 thoughts on “Al trabajador incapacitado le pagan el salario incompleto?”

  1. Buenas mi duda es yo sé que es la EPS la que paga las incapacidades pero la EPS pero quién las tramita es el empleador
    La pregunta mía es si la empresa puede abligar al trabajador a tramitar sus incapacidades para que la EPS le pagué directamente al trabajador siendo este trabajador dependiente

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